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Derecho fiscal

Inspecciones, paralelas, sanciones. Cuando Hacienda decide que usted debe más, la respuesta es jurídica, no contable — y tiene plazo.

Abogados fiscalistas en Fuerteventura — inspecciones, recursos y defensa frente a sanciones

La práctica

No conteste a Hacienda solo

Las cartas parecen rutinarias y no lo son. Un «requerimiento de información» fija en silencio el alcance de una inspección; una paralela rehace su declaración y pide la diferencia; una sanción llega enganchada casi por defecto. Cada una corre con plazos cortos y estrictos — y lo que conteste la primera semana da forma a todo lo que viene.

Esta mesa toma la conversación con la administración tributaria — la estatal y la canaria, porque el IGIC y los regímenes isleños tienen procedimientos propios. Establecemos qué está realmente abierto, contestamos en tiempo y forma y recurrimos lo que está mal: ante la oficina, ante el tribunal económico-administrativo y en el contencioso cuando hay que llegar. Presentar y planificar viven en nuestra mesa de Asesoría fiscal; esta página es para cuando la presentación se discute.

Expedientes típicos

Qué aterriza en esta mesa

Seis sobres, un instinto: tráigalos sin contestar. La primera respuesta es la que ya no se puede descontestar.

El requerimientoCuestionarios de aspecto inocente que deciden el alcance de lo que viene. Qué envía — y cómo — importa desde el primer día.
La paralelaHacienda rehízo su declaración y quiere la diferencia. Una paralela es recurrible, y a menudo cae solo por el procedimiento.
La sanciónRecurrible por separado, siempre. La culpabilidad y la proporcionalidad hay que probarlas — ellos, no usted.
La inspecciónMeses de requerimientos, visitas y actas firmadas. Acudimos, contestamos y mantenemos limpio el expediente para el recurso que pueda venir.
El embargoApremio sobre cuentas o nómina por una deuda que usted discute. La suspensión es posible — con la garantía adecuada, en el momento adecuado.
El expediente canarioEl IGIC y los regímenes isleños los administra la Agencia Tributaria Canaria, con reglas propias. Para un despacho de Fuerteventura, eso es jugar en casa.

La ruta

De la carta a la resolución

PASO 01

La carta

Tráigala sin contestar. El reloj y la redacción importan más de lo que la mayoría cree.

PASO 02

El expediente

Establecemos qué está realmente abierto — la ventana de revisión son, en general, cuatro años — y decidimos dónde pelear.

PASO 03

El recurso

Primero ante la propia oficina, después el tribunal económico-administrativo — sin tasas judiciales, y a menudo suficiente.

PASO 04

El contencioso

Cuando el tribunal falla, contencioso-administrativo. Para entonces, el expediente que hemos ido construyendo es el caso.

Preguntas sobre derecho fiscal

Antes de preguntar

Me ha llegado un inicio de inspección. ¿Qué hago primero?

Nada por su cuenta. Apunte la fecha de llegada y tráigalo sin contestar — el plazo, el alcance y la redacción de la primera respuesta marcan el tono de toda la inspección.

¿De verdad se pueden anular las sanciones tributarias?

Con frecuencia. Una sanción necesita culpabilidad probada y una resolución motivada y proporcionada — requisitos que la administración incumple más de lo que cabría esperar. Siempre es recurrible por separado del propio impuesto.

¿Hasta cuándo puede revisar Hacienda?

En general cuatro años, más en situaciones concretas. Antes de conceder nada, comprobamos qué está genuinamente abierto — lo que queda fuera de la ventana sencillamente no está sobre la mesa.

¿Tengo que pagar mientras recurro?

Las sanciones quedan suspendidas automáticamente mientras corre el recurso administrativo. Las liquidaciones mantienen su plazo salvo que se conceda la suspensión, normalmente con garantía — la pedimos junto con el recurso, y existen aplazamientos cuando el problema es la caja.

¿El IGIC funciona como el IVA?

Misma lógica, impuesto distinto, administración distinta: el IGIC pertenece a la Agencia Tributaria Canaria, con tipos y procedimientos propios. Defendemos los dos — y vivir donde vive el IGIC es una ventaja que su asesor peninsular no tiene.

Esa carta tiene plazo. Muévase primero.

Envíenos lo que le mandó Hacienda — sin contestar — y un abogado le dice qué significa de verdad y qué hacer, en un día hábil.

¿Prefiere llamar?

Caleta de FusteLun–Vie 9:00–16:00 (+34) 928 547 756
Costa CalmaLun–Vie 9:00–16:00 (+34) 928 547 125

Deje que leamos la carta

Cuéntenos qué llegó y cuándo — un abogado responde en un día hábil.

Solicitud de cita

Elija la oficina, el día y la hora que mejor le vengan — traiga la carta y la declaración a la que se refiere.