El calendario fiscal del otoño de 2026 para una empresa canaria y un propietario no residente
Cada presentación desde la ronda del 20 de octubre hasta la próxima primavera, fecha a fecha: el 420 del IGIC ante la ATC, el trimestre de 130/111/115, el modelo 202, el último 210 trimestral, el registro ZEC que cierra el 31 de diciembre, VeriFactu desde el 1 de enero y la cuenta atrás de la factura electrónica desde el 1 de octubre, con una lista corta para cada uno de los dos perfiles.
Septiembre es cuando la isla respira: la temporada afloja, las cuentas se ponen al día y el año fiscal dobla en silencio la esquina hacia su tramo más cargado. Entre ahora y la próxima primavera, una empresa de Fuerteventura presenta cuatro rondas de declaraciones, un propietario no residente cumple el último plazo del viejo calendario del modelo 210, y un puñado de ventanas que se abren una sola vez — el registro ZEC, VeriFactu, la factura electrónica — se cierran o se abren para siempre. Este es el calendario con el que trabajamos en nuestras oficinas de Caleta de Fuste y Costa Calma, fecha a fecha, con los importes y los modelos que importan y un enlace al artículo de fondo cuando existe.
Dos lectores, una sola línea de tiempo: una empresa canaria (autónomo o sociedad, en IGIC y no en IVA) y un propietario no residente de un inmueble en Canarias. Cuando una fecha afecta solo a uno de ellos, lo decimos.
Octubre: la ronda del tercer trimestre
El trimestre cerrado el 30 de septiembre se liquida entre el 1 y el 20 de octubre; y si paga por domiciliación, la declaración debe estar presentada unos cinco días antes, en torno al 15, o el cargo no se hará.
- IGIC, modelo 420 — se presenta ante la Agencia Tributaria Canaria, no ante la AEAT estatal. Tercer trimestre, del 1 al 20 de octubre. El tipo general es el 7 %, con tramos del 0, 3, 9,5, 15 y 20 % y el tipo del 1 % para combustibles añadido en 2026.
- Pagos fraccionados de IRPF, modelo 130 (estimación directa) o 131 (módulos) — autónomos, del 1 al 20 de octubre, el 20 % del rendimiento neto acumulado del año menos lo ya pagado.
- Retenciones, modelos 111 y 115 — sobre nóminas, facturas de profesionales y el alquiler del local que paga: del 1 al 20 de octubre. Modelo 123 si pagó intereses o dividendos.
- Pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, modelo 202 — las sociedades hacen su segundo pago a cuenta del ejercicio 2026 entre el 1 y el 20 de octubre (el tercero llega en diciembre).
- Modelo 349 — solo si tiene operaciones intracomunitarias que declarar; los servicios canarios a clientes empresariales de la UE son un tema aparte, y nuestra serie de septiembre vuelve a él.
- Arrendadores no residentes, modelo 210 — la declaración de las rentas de alquiler del tercer trimestre vence del 1 al 20 de octubre, y es la última de las presentaciones trimestrales de alquiler con las reglas antiguas: desde el ejercicio 2026 la declaración de alquileres pasa a ser anual, presentada en abril de 2027. La guía del modelo 210 expone el nuevo calendario.
Dos fechas más de octubre, ambas estructurales:
- 1 de octubre — se espera que entre en vigor la orden ministerial que arranca la cuenta atrás de la factura electrónica obligatoria entre empresas. Desde ese día corre el reloj: doce meses para las empresas que facturan más de 8 millones de euros, veinticuatro para todas las demás. Si emite facturas a otras empresas en España, la decisión de software que tome este invierno es la que seguirá funcionando en 2028. Nuestra guía de VeriFactu explica cómo encajan los dos sistemas.
- 31 de octubre — último día para que un autónomo solicite un cambio de base de cotización con efectos desde el 1 de noviembre. El sistema permite seis cambios al año; si sus ingresos de 2026 van por encima o por debajo del tramo que eligió en enero, esta ventana y la de diciembre son las dos que quedan para corregirlo antes de la próxima regularización.
Noviembre: dos fechas silenciosas que muerden
- 2 de noviembre — los bancos españoles empiezan a operar el nuevo canal de embargo de cuentas de la AEAT: un embargo enviado por la tarde se ejecuta antes de que abra la sucursal, con el dinero recogido de madrugada. No cambia nada para una empresa que paga a tiempo y lo cambia todo para la que deja reposar una deuda. Explicamos la mecánica en el artículo del embargo de cuentas.
- Del 1 al 30 de noviembre, modelo 232 — las sociedades con operaciones vinculadas por encima de los umbrales de declaración (operaciones con sus propios socios, administradores o sociedades hermanas, normalmente) las declaran este mes por el ejercicio 2025. Los grupos pequeños lo olvidan cada año; la sanción es por dato omitido.
- Tributos locales — varios ayuntamientos de Fuerteventura cobran el IBI y la tasa de basura en una ventana de otoño. Las fechas son municipales, no nacionales: compruebe el periodo de pago de su municipio y domicilie el recibo antes de que se abra.
Diciembre: el trío de fin de año
- Del 1 al 20 de diciembre, modelo 202, el tercer y último pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2026.
- 31 de diciembre, modelo 210, ejercicio 2025. Para un no residente que tiene un inmueble y no lo alquila, la declaración de renta imputada de 2025 debe presentarse y pagarse antes del último día de 2026. Es el último año de la regla «en cualquier momento del año»: desde el ejercicio 2026 la ventana pasa al 1 de abril – 31 de diciembre del año siguiente, de modo que la declaración de 2026 se presentará entre abril y diciembre de 2027, con un formulario rediseñado y un anexo de gastos por categorías para los arrendadores.
- 31 de diciembre, inscripción en la ZEC. La autorización vigente admite nuevas entidades en el registro de la Zona Especial Canaria hasta el 31 de diciembre de 2026, con beneficios hasta finales de 2032. El procedimiento en dos fases del Consorcio se mide en semanas, no en días, así que una sociedad que quiera el tipo del 4 % en Sociedades debería estar presentando este otoño, no en la última quincena del año. La guía de la ZEC recoge los umbrales de Fuerteventura: tres empleos y 50.000 euros de inversión en dos años.
- 31 de diciembre, el último cambio de base del autónomo del ciclo, con efectos desde el 1 de enero, y el plazo para renunciar o mantenerse en el régimen de módulos para 2027 en la declaración censal (modelo 036/037).
- Antes de que acabe el año, elija su software VeriFactu. Las sociedades deben facturar con un sistema certificado desde el 1 de enero; si su proveedor no ha confirmado por escrito que cumple, diciembre es el mes para cambiar.
De enero a marzo de 2027: la ronda anual
- 1 de enero: VeriFactu pasa a ser obligatorio para las sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades); los autónomos y el resto siguen el 1 de julio de 2027. Las multas por software no conforme llegan a 50.000 euros al año.
- Del 1 al 20 de enero, retenciones del cuarto trimestre, modelos 111 y 115. Del 1 al 30 de enero, pagos fraccionados de IRPF del cuarto trimestre, modelos 130 y 131.
- Del 1 al 31 de enero, cierre del IGIC: el modelo 420 del cuarto trimestre y el resumen anual, modelo 425, ambos ante la ATC. También los resúmenes anuales de retenciones, modelos 190 y 180, ante la AEAT.
- Febrero, modelo 347, la declaración de terceros con los que operó por más de 3.005,06 euros en 2026. Un cruce de datos, no un pago; pero las cifras deben coincidir con lo que sus proveedores y clientes declaran sobre usted.
- 31 de marzo, modelo 720, la declaración de bienes en el extranjero, para quien se convirtió en residente fiscal en España en 2026 y tiene más de 50.000 euros fuera en cualquier clase de bienes. Los residentes de primer año son quienes más lo olvidan.
- Abril: se abre la campaña de la Renta, y con ella las nuevas ventanas del modelo 210: del 1 de abril al 31 de diciembre para la renta imputada de 2026, del 1 al 20 de abril para la declaración anual de alquileres. El viejo ritmo trimestral termina aquí.
- 1 de julio de 2027: VeriFactu para autónomos.
Dos perfiles, dos listas cortas
Una empresa canaria, de ahora a la primavera
- Agende ya las presentaciones del 20 de octubre y la domiciliación para el día 15.
- Decida el software de factura electrónica y VeriFactu una sola vez, este invierno, para los dos sistemas.
- Sociedades: modelo 202 en octubre y diciembre, modelo 232 en noviembre si las operaciones vinculadas superan los umbrales.
- Autónomos: contraste su base de cotización con los ingresos reales de 2026 antes del 31 de octubre y otra vez antes del 31 de diciembre.
- ¿Se plantea la ZEC? Presente ante el Consorcio este otoño; el registro cierra el 31 de diciembre.
- Enero: 420 + 425, 111/115, 130/131, 190/180. Febrero: 347.
Un propietario no residente, de ahora a la primavera
- Si alquila el inmueble: presente el modelo 210 del tercer trimestre antes del 20 de octubre, el último trimestral.
- Si no lo alquila: presente y pague el modelo 210 de renta imputada de 2025 antes del 31 de diciembre.
- Compruebe la ventana del IBI y la tasa de basura de su municipio y domicilie el pago.
- Anote el cambio: desde 2027 su 210 se presenta entre abril y diciembre por el año anterior.
- Si se mudó a España en 2026: modelo 720 antes del 31 de marzo de 2027.
Cada fecha de arriba es una presentación que hacemos para clientes desde Caleta de Fuste y Costa Calma, con las declaraciones preparadas en su idioma y las domiciliaciones fijadas con antelación. Vea lo que cubre nuestra asesoría fiscal o reserve una consulta: respondemos en un día laborable.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence el IGIC del tercer trimestre?
Entre el 1 y el 20 de octubre, en el modelo 420, presentado ante la Agencia Tributaria Canaria. Si paga por domiciliación, la declaración debe presentarse unos cinco días antes, en torno al 15 de octubre. El cuarto trimestre y el resumen anual, modelo 425, vencen el 31 de enero.
¿Sigo teniendo que presentar el modelo 210 de 2025 antes del 31 de diciembre de 2026?
Sí. La declaración de renta imputada del ejercicio 2025 sigue el calendario antiguo y debe presentarse y pagarse antes del 31 de diciembre de 2026. Desde el ejercicio 2026 la ventana pasa al 1 de abril – 31 de diciembre del año siguiente, así que su declaración de 2026 se presenta en 2027.
¿Cuál es el último día para inscribir una sociedad en la ZEC?
La autorización vigente admite inscripciones hasta el 31 de diciembre de 2026, con el tipo del 4 % en Sociedades disponible hasta finales de 2032. Como el procedimiento del Consorcio se desarrolla en dos fases a lo largo de varias semanas, las solicitudes deberían presentarse durante el otoño.
¿Cuándo empieza VeriFactu, y qué pasa con la factura electrónica?
VeriFactu es obligatorio para las sociedades desde el 1 de enero de 2027 y para los autónomos y el resto desde el 1 de julio de 2027. La factura electrónica obligatoria entre empresas corre con un reloj distinto que se espera que arranque el 1 de octubre de 2026: doce meses para las empresas con más de 8 millones de facturación, veinticuatro para todas las demás.
Datos verificados en septiembre de 2026 (calendario del contribuyente 2026 de la AEAT; plazos de la Agencia Tributaria Canaria para los modelos 420 y 425; Orden HAC/623/2026 sobre el calendario del modelo 210; Real Decreto-ley 15/2025 sobre las fechas de VeriFactu; Real Decreto 238/2026 y el proyecto de orden ministerial sobre factura electrónica; Resolución de la AEAT de 4 de junio de 2026 sobre el canal de embargos; ventana de inscripción del Consorcio de la ZEC; normas de la Seguridad Social sobre cambios de base de cotización). Las normas cambian: compruebe las suyas antes de actuar.
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